martes, 27 de enero de 2015

DETERIOROS CONTABLES DE ACTIVOS: INFORMACIÓN EN LAS CUENTAS ANUALES

Como apunte final a la serie sobre deterioros contables, pasamos a comentar la información que debe figurar en las cuentas anuales sobre los deterioros y las reversiones de los mismos. Comprobarán que se trata de suministrar más información y con mayor detalle que en ejercicios anteriores.

De forma genérica, para cada clase de activos (entendido como grupo de activos de naturaleza similar y utilización parecida) deberá informarse de los importes de deterioros y reversiones del ejercicio y en qué apartado de la cuenta de resultados se encuentran.

Para los importes significativos de deterioros y/o reversiones, se debe informar de:
1) Hechos o circunstancias que lo hayan motivado.
2) Importe del gasto o ingreso.
3) Naturaleza del activo.
4) Importe recuperable del activo, especificando si se trata del valor estimado de venta menos costes de venta o bien se trata de su valor en uso.
5) Técnicas de valoración utilizadas, si se trata del valor de venta.
6) Hipótesis clave utilizadas en las técnicas de valoración.
7) Tasa de descuento del ejercicio, así como la del ejercicio anterior.
8) Número de años que abarca la proyección de flujos, si se trata del valor en uso.
9) Tasa de crecimiento utilizada para calcular la renta perpetua (último componente de las proyecciones de flujos).
10) Hipótesis clave de las proyecciones de flujos.
11) Si el activo es una unidad generadora de efectivo (UGE), deberá además darse una descripción de dicha UGE y explicarse si ha habido cambios en la forma de asignar los activos a la misma y el porqué de tales cambios.

Para el resto de deterioros y/o reversiones no significativos, solamente es necesario explicar cuáles han sido los principales activos afectados y las principales causas que han motivado el gasto y/o ingreso.

Para cada UGE que incluya un fondo de comercio u otro activo intangible de vida indefinida de importe significativo (entendiéndose por significativo, con respecto al total de fondos de comercio o de activos intangibles de vida indefinida), deberá informarse de lo siguiente, se hayan deteriorado o no tales activos:
1) Importe del fondo de comercio incluido en la UGE.
2) Importe de los activos intangibles de vida indefinida incluidos en la UGE.
3) Si el importe recuperable se ha determinado a partir del valor en uso o bien mediante el valor razonable de venta.
4) Misma información sobre el cálculo del importe recuperable que la comentada anteriormente respecto a los deterioros más significativos (puntos 5 a 10).
5) Explicaciones sobre en qué se basan las hipótesis clave (experiencia pasada, fuentes externas…).
6) Análisis de sensibilidad de las hipótesis clave, indicando cuánto deberían cambiar para suponer un deterioro del activo.

Igual información debe suministrarse en el caso de que ningún fondo de comercio o intangible de vida indefinida sea significativo de forma individual, pero sí lo sea la suma de todos ellos.

Respecto a los activos financieros, debe informarse de:
1) Criterios para determinar si hay evidencia objetiva de deterioro.
2) Criterios para registrar el deterioro, la reversión y la baja en libros del activo.
3) Criterios para deteriorar los clientes y deudores comerciales.
4) Criterios aplicados a los activos financieros que han sufrido renegociaciones.
5) Si el deterioro se ha calculado individualmente para cada elemento o bien por grupos de elementos, así como los factores que se han tenido en cuenta en el cálculo del deterioro.
6) Conciliación de las variaciones de las cuentas de deterioro.

En las cuentas anuales consolidadas, además de todo lo expuesto, deberá darse la misma información por segmentos.


Cortés & Pérez Auditores y Asesores Asociados, S.L.
Departamento de Auditoría

lunes, 5 de enero de 2015

DETERIOROS CONTABLES DE ACTIVOS FINANCIEROS

Siguiendo con nuestros apuntes referidos a las novedades en los deterioros contables, y después de haber comentado su vertiente fiscal en nuestro último apunte, proseguimos con las novedades que afectan a activos financieros.

A diferencia de otros tipos de activos, al menos al cierre del ejercicio debe analizarse si hay evidencia objetiva de deterioro que suponga una reducción de los flujos de efectivo estimados (dificultades financieras de la otra parte, refinanciación concedida, datos macroeconómicos negativos del país del deudor, incumplimientos de pago, etc…).

Se incide también en otras evidencias específicas de deterioro, como que el valor de una inversión en una sociedad participada sea superior al valor contable de los activos de dicha sociedad. O que el dividendo repartido sea superior al resultado de la sociedad participada.

Y se aclara un tema de una cierta controversia, referido al descenso de la cotización en un 40% o de forma continuada durante un año y medio, como evidencia de deterioro de los activos valorados a valor razonable con cambios en el patrimonio, precisando que un repunte puntual de la cotización no “pone el contador a cero” a la hora de determinar si hay evidencia o no de deterioro.

En los activos a coste amortizado, las principales novedades son las siguientes:

1) Los flujos estimados deben incorporar los costes de ejecución de las garantías reales que existan, así como los costes de la posterior venta del bien que garantizaba el activo financiero.
2) Si el interés del contrato es variable, el tipo de interés efectivo variará cada año de igual manera.
3) En caso de renegociación del contrato, el tipo de interés efectivo a utilizar será el de antes de dicha renegociación. Por lo tanto, en caso de alargar los plazos de cobro a un deudor, surgirá una pérdida por deterioro.
4) Si el deudor se declara en concurso, se deben continuar contabilizando intereses y, a la vez, deteriorarlos en función del análisis que se haga.
5) Si el deterioro de clientes y deudores se realiza mediante un análisis global y, por lo tanto, no individualizado, al menos obligatoriamente un 3% del saldo total debe estar cubierto por una provisión por deterioro. Se exceptúan de dicho cálculo, los saldos con garantías reales y los saldos con administraciones públicas.

En las participaciones en empresas del grupo, multigrupo y asociadas, se aclaran aquellos casos en los que la empresa participada es la cabecera de otro grupo o subgrupo. Si dicha sociedad participada formula cuentas anuales consolidadas de su subgrupo, se tomarán las cifras resultantes para calcular el deterioro de la inversión. Sin embargo, si no formula cuentas anuales consolidadas, deberán utilizarse las cuentas anuales individuales de tal sociedad.

Por último, también se incide en las operaciones de reducción de capital y aumento simultáneo del mismo desde el punto de vista de la sociedad inversora. En estos casos, con carácter general, no deben modificarse los saldos de la inversión en la sociedad participada ni de su deterioro.

En el próximo y último apunte sobre deterioros contables, comentaremos la información a incluir en las cuentas anuales sobre todo tipo de deterioros.

Cortés & Pérez Auditores y Asesores Asociados, S.L.
Departamento de Auditoría